Se aprobó en el Senado el proyecto que establece el régimen provincial de armas de fuego que fuera remitido por el Ejecutivo junto a otras iniciativas.
Se trata de un régimen jurídico para el control de las actividades de comercio minorista de armas de fuego y municiones; la implementación de mecanismos de destrucción de armas de fuego y materiales relacionados, secuestrados en causas penales; y el secuestro cautelar de armas de fuego, en procesos por amenazas, violencia familiar, de género o cualquier otro conflicto violento entre particulares.
Además, el proyecto que fue girado a Diputados establece que para obtener la licencia de comercio de armas de fuego y materiales controlados, deberá acreditarse los requisitos previstos por las leyes nacionales, incluso la existencia de licencia expedida por el Registro Nacional de Armas.
También contar con un establecimiento habilitado por el Registro Provincial de Armas, que brinde condiciones de seguridad de las instalaciones físicas conforme al tipo y cantidad del material a comercializar, de acuerdo a como lo determine la reglamentación y tener las condiciones técnicas para el registro de las operaciones y efectuar las comunicaciones que correspondan al Registro Provincial de Arma.
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