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viernes, 25 de junio de 2021

Defensores del Pueblo recorrieron la cava de Chapadmalal

A raíz de la denuncia de vecinos que integran la Asamblea de Salud de Chapadmalal vinculada a una cava que funcionó como basural en inmediaciones de los Hoteles de Chapadmalal, los Defensores del Pueblo de la Municipalidad de General Pueyrredon, Daniel Barragán, Fernando Rizzi y Luis Salomón, visitaron el lugar, siendo recibidos por Kanki Alonso de la citada Asamblea, y Daniela Lorenzoni de Asamblea Luna Roja. 

En el lugar hubo un manejo clandestino de residuos por parte de distintos organismos estatales, que fueron trasladados a la cava y luego incinerados, por lo que se procura establecer las responsabilidades de los funcionarios intervinientes. Al respecto desde la Defensoría del Pueblo se realizaron pedidos de informes a las autoridades.


No solo se trató de un cambio de uso de suelo que convirtió los terrenos de un complejo monumental declarado Monumento Histórico Nacional en el año 2013, en un Basural a Cielo Abierto, y que fueron desarrolladas las tareas de incineración mensual durante varios años, como atestiguan vecinos colindantes, sino que todo ello fue dado también sobre una cava clandestina, de unos cuatro a cinco metros de profundidad y un área aproximada de un tercio de hectárea. 

La provincia de Buenos Aires cuenta con el Decreto 831/93 que reglamenta la Ley Nacional 24.051 de Residuos Peligrosos, en sus anexos fija límites máximos permitidos para las matrices ambientales agua y suelo y el nivel de residuos peligrosos, muchos de ellos asociados a sitios impactados por basurales a cielo abierto. 

Los Defensores visitaron esta cava clandestina, un verdadero pasivo ambiental de inmensas dimensiones, observando camiones y palas mecánicas recogiendo toneladas de residuos acumulados y su traslado al predio municipal. 

Los basurales a cielo abierto exigen un proceso complejo que implica el monitoreo de contaminantes, la evaluación del impacto y un complejo proceso de “recomposición ambiental”, porque como es sabido y a su vez garantizado por el artículo 41 de la CN, todos los habitantes tienen derecho a vivir en un ambiente sano, ya que la salud de las poblaciones está íntimamente asociada a factores ambientales que deben asegurar niveles mínimos de contaminantes para poder desarrollar la salud comunitaria que todos deseamos. 

Desde la Defensoría se solicitarán informes sobre cómo y quiénes realizarán el monitoreo ambiental necesario para evaluar el verdadero grado de afectación ambiental por residuos peligrosos en el suelo y el agua subterránea del predio que dista a solo 400 mts de la Escuela Primaria N° 52, el Jardín de Infantes N°936 y el Anexo de la Escuela Secundaria N° 71 del Barrio San Eduardo de Chapadmalal.

Asimismo qué destino tendrá la cava y cómo podrá cumplirse con la recomposición ambiental que para estos casos contempla la Ley N° 25.675 General de Ambiente de la Nación. 

Otra de las cuestiones es integrar el entorno del paisaje a un sitio consagrado como monumento histórico nacional y cómo intervendrán las áreas de gobierno municipal y nacional para que los tipos de actividades en ambas jurisdicciones se adecuen e integren mancomunadamente con el Plan de Manejo del Paseo Costanero Sur aprobado por Ordenanza 19.111 y las áreas de Reserva Natural y Turística con que la municipalidad programa un circuito integra de ordenamiento territorial dirigido a la protección del patrimonio natural y cultural con un marcado sentido de accesibilidad y paseo público de singularísima belleza. 

Defensores y vecinos han establecido estas preguntas y abierto el espacio al diálogo necesario entre las distintas jurisdicciones y la comunidad que supo encauzar el reclamo haciendo uso de los instrumentos y herramientas brindadas por el estado de derecho y la adecuada construcción ciudadana que insta, una vez más, a dar respuesta efectiva a los reales problemas de incidencia colectiva ambiental que afectan a la comunidad. 


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