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viernes, 16 de abril de 2021

Empleados municipales de riesgo vacunados deberán reintegrase a su lugar de trabajo

Así lo definió el gobierno de Guillermo Montenegro tras una resolución conjunta rubricada por los ministerios de Trabajo y Salud de la Nación.

El intendente, Guillermo Montenegro, descartó hace pocos días el “teletrabajo” en el municipio de General Pueyrredon. De esta forma, se diferenció de la medida Gobierno nacional para frenar los contagios por coronavirus que dispone que el personal de la administración pública evite la presencialidad y trabaje en forma remota. “No podemos parar la ciudad”, aseguró el jefe comunal de Juntos por el Cambio.


“Ya todos aprendimos cómo cuidarnos y no tenemos que aflojar. Desde el Municipio seguiremos controlando que se cumplan los protocolos, y tenemos que continuar las tareas previstas”, expresó Montenegro a través de las redes sociales.


Ahora, el jefe comunal definió que el personal de riesgo vacunado deberá reintegrase a su lugar de trabajo en el municipio.


Sucede que el Gobierno nacional estableció que los empleadores “podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores” que hayan recibido “al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida” contra el coronavirus. Así lo anunció a través de la Resolución Conjunta 4/2021, publicada en el Boletín Oficial.


De esta forma, todas las personas en relación de dependencia que cumplan con esa condición podrán regresar a sus puestos “independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación”.


Esta norma también aplica para el personal de la salud con alto riesgo de exposición, aunque en este caso recién estarán autorizados a volver a sus puestos dos semanas después “de haber completado el esquema de vacunación en su totalidad”.


Las únicas excepciones a esta medida son: los empleados con inmunodeficiencias congénitas, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave; con VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable); con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días).


También quedan excluidos los pacientes con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa; con tumor de órgano sólido en tratamiento, y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.


Tras esta resolución de la Nación, el gobierno de Guillermo Montenegro decidió que el personal municipal de riesgo vacunado deberá reintegrase a su lugar de trabajo en la Comuna de General Pueyrredon.


En la documentación oficial, a la cual El Marplatense tuvo acceso, el secretario de Gobierno, Santiago Bonifatti, explicó que “mediante Resolución conjunta 4/2021 de los Ministerios de Salud y Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación se resolvió en el Artículo 1º que los empleadores podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores, incluidos los dispensados de la misma por encontrarse comprendidos en los incisos a), b) y c) del artículo 1 de la Resolución Nº 207/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el Covid -19 independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación".


En ese sentido, el funcionario de Guillermo Montenegro puntualizó que “los incisos a), b) y c) del artículo 1º de la Resolución citada se refieren a: a) Trabajadores y trabajadoras mayores de 60 años de edad, excepto que sean considerados ‘personal esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento’”.


Y se destacó que “se considerará ‘personal esencial’ a todos los trabajadores del sector salud; b) Trabajadoras embarazadas; c) Trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de riesgo que define la autoridad sanitaria nacional”.


Además, Bonifatti explicó que “aquellos agentes considerados pacientes de riesgo, que no hayan recibido ninguna dosis de vacunación contra el Covid-19 y que no concurran a su lugar de trabajo, deberán actualizar la documentación médica que acredite su condición y presentarla en un plazo de cinco días hábiles a partir del día de la fecha”.


Según la Resolución firmada por los ministros de Salud, Carla Vizzotti, y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Claudio Moroni, los trabajadores que sean convocados por sus empleadores “deberán presentar constancia fehaciente de vacunación correspondiente o manifestar, con carácter de declaración jurada, los motivos por los cuales no pudieron acceder” a la dosis.


En este último supuesto, quienes “tengan la posibilidad de acceder a la vacunación y opten por no vacunarse, deberán actuar de buena fe y llevar a cabo todo lo que esté a su alcance para paliar los perjuicios que su decisión pudiera originar a los empleadores”.


Entre los considerandos de la norma, el Gobierno nacional señaló que “con los resultados disponibles al momento, las vacunas utilizadas en Argentina demostraron una adecuada eficacia para la prevención de las formas graves y de la muerte por la enfermedad, lo cual disminuye el riesgo y posibilita el retorno de los trabajadores y las trabajadoras a sus lugares de trabajo”.


Fuente: el marplatense.com


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