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miércoles, 29 de enero de 2014

Salud Mar del Plata recomienda tomar precauciones con la entrega domiciliaria de alimentos

El Departamento de Bromatología de la comuna dio a conocer distintos aspectos a tener en cuenta en referencia a dicha actividad

La Dirección de Protección Sanitaria de la Secretaría de Salud de la Municipalidad -a través del Departamento de Bromatología- informa sobre las condiciones higiénico-sanitarias y reglamentarias que deben reunir los servicios de entrega domiciliaria de alimentos, más conocidos como delivery.
Cualquier comercio puede brindar el servicio de delivery no solamente para rubro alimenticio, pero en referencia a los alimentos, debe reunir condiciones higiénico-sanitarias. Todos los vehículos –o parte de ellos- destinados al transporte de productos alimenticios dentro de Gral. Pueyrredon, deberán estar previamente habilitados por la comuna y llenar las exigencias consignadas por las disposiciones de tránsito, leyes nacionales, provinciales y municipales respectivas.




La Ordenanza Municipal Nº 17672 está en vigencia y se aplica -dentro del partido- a toda aquella actividad que comprenda el traslado de alimentos, mercaderías o la realización de trámites conocida como”delivery”, realizada a través de motos, motocicletas, y /u otros vehículos, con personal propio o contratado.



Con respecto al traslado de los alimentos, el contenedor donde se transportan los mismos tiene que ser de material térmico, aprobado por el organismo técnico correspondiente. En este caso, en nuestra ciudad es el Departamento de Bromatología de la Municipalidad y –obviamente- mantener condiciones de higiene.



Se recuerda a la comunidad que el servicio de delivery de establecimientos  habilitados debe contar con la identificacion del responsdable del mismo. En algunos medios de comunicación aparecen ofertas de diferentes tipos de alimentos (sandwiches, dietas especiales, picadas, etc) que se entregan a domicilio, donde lo único que figura es una dirección de mail y/o un teléfono. El riesgo , en estos casos, es que si llegara a haber algún problema sanitario, no hay una información fidedigna para realizar la denuncia.



Hay que tener en cuenta que el riesgo de contagio de enfermedades transmitidas por alimentos es competencia de los organismos de control, pero también es responsabilidad del cliente que sean entregados en buenas condiciones. Según la OMS (Organización Mundial de la Salud) las enfermedades transmitidas por alimentos es la causante del 80% de los problemas gastroentéricos. En su prevención, mucho tiene que ver las condiciones en los que son transportados.



Se reciben denuncias o exposiciones referidas a esta problemática en el Departamento de Bromatología de la Municipalidad (Dorrego 1765) en el horario de 8 a 14 o por mail a bromatologia@mardleplata.gov.ar

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