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viernes, 10 de enero de 2014

El diputado Pablo Farias pide anular multas de la ruta 2

El diputado provincial del GEN-FAP, Pablo Farias, mediante un proyecto de ley pide al ejecutivo provincial anular todas las multas sancionadas por infracciones cometidas por exceso de velocidad obtenidas con el “radar” ubicado en la Ruta 2 kilómetro 396,1 en el sentido Buenos Aires-Mar del Plata.

La iniciativa tiene por objeto brindar una solución al reclamo constante por parte de conductores de las rutas bonaerenses respecto de multas e infracciones recibidas sin estar debidamente identificados o señalizados debidamente los “radares”. En el kilometro 396,1 de la Ruta Nacional N°2 en el sentido Buenos Aires-Mar del Plata sucede un claro ejemplo de situación de vulnerabilidad. Es observable a simple vista que en el tramo comprendido entre el kilometro 394 y 397 no existe la presencia de cartelería alguna que informe y advierta al conductor de la existencia de un radar fiscalizador de velocidad.



La Ley Provincial 13927 es la normativa vigente que regula en sus articulados los parámetros de transito y seguridad vial en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, en esta misma se establecen, entre otras cosas, los derechos y obligaciones de los conductores que transitan las rutas, así como la competencia del Ejecutivo Bonaerense sobre  funciones de prevención y control de tránsito en las rutas nacionales y otros espacios del dominio público nacional sometidos a jurisdicción provincial.


Al respecto de la ley el diputado Farias explicó que “es importante mencionar que el art.28 bis determina que cuando se utilicen instrumentos, sistemas automáticos o semiautomáticos fotográficos o no, para medir la velocidad deberá señalizarse verticalmente su existencia con una antelación mínima de quinientos (500) metros a la zona de alcance de los elementos de detección de infracciones del equipo de que se trate. La importancia de la  óptima señalización de estos instrumentos radican en la inviolabilidad del derecho de defensa de los conductores, ya que en el caso de que no hubiera señalización, este no podría determinar si hubo o no violación alguna a lo establecido por la norma”, y continuó “hicimos un recorrido acompañados por un Escribano Público y pudimos constatar en diversas oportunidades la inexistencia de cualquier tipo de señalización en el lugar”.

Asimismo el legislador marplatense solicitó al ejecutivo provincial, mediante un proyecto de declaración, la colocación del cartel señalizador de la existencia de un radar fotográfico para medir velocidad en el kilómetro 396,1 del tramo Buenos Aires-Mar del Plata, de la Ruta Nacional Nº 2.


Por último, Pablo Farias destacó que “la ley 13927 establece la anulación de oficio de todas las multas realizadas en este tramo de la Ruta N°2, pero también persigue ser conteste en la prevención de accidentes por exceso de velocidad. Es por ello que si bien se anula la multa se establece que la infracción no será eliminada del Registro Único de Infractores de Transito para  aquellos conductores que hayan realizado la contravención por la cual recibieron la multa”.  

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