La Agencia de Recaudación Municipal postergó el vencimiento de pago de la declaración jurada del período 03/2020 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y el Fondo para la Promoción Turística para el 15 de mayo. La declaración jurada del periodo deberá ser presentada hasta el 15 de abril.
Explicaron que dicha prórroga solo alcanza a aquellos contribuyentes incluidos en el art. 8° inciso a) de la Ordenanza Impositiva vigente, que durante el ejercicio fiscal 2019 hayan tenido ingresos gravados, generados o atribuibles al Partido de General Pueyrredon que no superen los $ 15.000.000.
Desde la Agencia aclaran que mediante el Decreto de Presidencia HCD Nº 193/2020 se dispone otorgar una prórroga en el vencimiento del pago de la declaración jurada correspondiente al período 03/2020, para el 15 de mayo de 2020. La prórroga dispuesta resulta aplicable a aquellos contribuyentes incluidos en el art. 8° inciso a) de la Ordenanza Impositiva vigente, que durante el ejercicio fiscal 2019 hayan tenido ingresos gravados, generados o atribuibles al Partido de General Pueyrredon que no superen los $ 15.000.000.
La prórroga antes indicada solo alcanza a la obligación de pago, no así al cumplimiento del deber formal de presentación de la declaración jurada correspondiente al período involucrado, el cual deberá cumplirse hasta el 15 de abril de 2020.
Los contribuyentes beneficiados por esta prórroga, deberán esperar hasta la segunda semana del mes mayo para descargar la boleta de pago. A tal fin el período 03-2020 será reconvertido al periodo 13-2020, por lo que deberá seleccionarse el referido período para proceder con el pago con la fecha de prorrogada.
Si se tuviera que presentar una declaración jurada rectificativa de este periodo se deberá esperar igual plazo que el mencionado en el párrafo anterior y hacerlo seleccionando el periodo 13-2020 desde la aplicación web de presentación de declaración juradas.
Desde la Agencia aclaran que mediante el Decreto de Presidencia HCD Nº 193/2020 se dispone otorgar una prórroga en el vencimiento del pago de la declaración jurada correspondiente al período 03/2020, para el 15 de mayo de 2020. La prórroga dispuesta resulta aplicable a aquellos contribuyentes incluidos en el art. 8° inciso a) de la Ordenanza Impositiva vigente, que durante el ejercicio fiscal 2019 hayan tenido ingresos gravados, generados o atribuibles al Partido de General Pueyrredon que no superen los $ 15.000.000.
La prórroga antes indicada solo alcanza a la obligación de pago, no así al cumplimiento del deber formal de presentación de la declaración jurada correspondiente al período involucrado, el cual deberá cumplirse hasta el 15 de abril de 2020.
Los contribuyentes beneficiados por esta prórroga, deberán esperar hasta la segunda semana del mes mayo para descargar la boleta de pago. A tal fin el período 03-2020 será reconvertido al periodo 13-2020, por lo que deberá seleccionarse el referido período para proceder con el pago con la fecha de prorrogada.
Si se tuviera que presentar una declaración jurada rectificativa de este periodo se deberá esperar igual plazo que el mencionado en el párrafo anterior y hacerlo seleccionando el periodo 13-2020 desde la aplicación web de presentación de declaración juradas.
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