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viernes, 6 de mayo de 2016

¿Qué documentos hay que presentar para conseguir la tarifa social del gas?

El Gobierno detalló cómo es el trámite para pedir el subsidio energético y así amortiguar el impacto del tarifazo.

Un sector de la población podrá salvarse del brutal tarifazo del gas a través de la tarifa social que dispuso el ministro de Energía, Juan José Aranguren. Ahora, el Gobierno estableció cómo es el trámite para poder solicitar la excepción a la tarifa residencial común, con los documentos para presentar en cada caso.
La cartera que conduce el ex CEO y aun accionista de la petrolera Shell dispuso, cuando anunció el tarifazo del 700% promedio, que podían esquivar los aumentos los siguientes beneficiarios: jubilados que ganen hasta dos veces el haber mínimo, asalariados en relación de dependencia que ganen hasta dos veces el salario mínimo, vital y móvil; ser titular de un programa social, estar inscripto en el monotributo social, estar en blanco como empleada doméstica, cobrar el seguro de desempleo o contar con el certificado de discapacidad.


Para cada uno de estos sectores, los papeles que deben presentar ante las oficinas de la empresa distribuidora de gas correspondiente:

Jubilados: Fotocopia del recibo de haberes
Asalariados: Copia del recibo de sueldo
Beneficiario de plan social: Copia de recibo de cobro del plan actualizado o Certificación Negativa de ANSES
Monotributo Social: Copia de comprobante de inscripción y copia de pago actualizado o Certificación Negativa de ANSES
Empleados domésticos: Copia de recibo de ingresos o Certificación Negativa de ANSES.
Beneficiario de seguro de desempleo: Copia de recibo de cobro del seguro o Certificación Negativa.
Discapacitado: Certificado de discapacidad vigente, certificado médico que acredite que la discapacidad implica un mayor consumo de gas. Si la persona que hace la presentación no es el beneficiario, documento que acredite vínculo.

En todos los casos, hay que agregar copia del DNI legible y de la factura a nombre del beneficiario, como así también completar un formulario de solicitud de inscripción.

Además, si una persona no está incluida en estos grupos pero considera que merece un beneficio especial, la resolución 3784 del ENARGAS establece que igual podrá solicitarlo, con los documentos respaldatorios que acrediten una situación que merezca trato especial. Eso será analizado luego por el ENARGAS que puede autorizar o no incluirlo en la tarifa social.

El Gobierno pondrá límites a su vez para quienes quieran acceder. Para ello, cruzará información con el padrón de fallecidos, para corroroborar que la persona aun esté con vida, con el registro de la propiedad inmueble, ya que no podrán acceder quienes tengan más de una propiedad a su nombre, y el de la propiedad automotor, ya que tampoco podrán hacerlo si posee un auto con menos de 15 años de antigüedad; es decir, fabricado del 2001 en adelante.

Fuente: El Destape

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