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lunes, 19 de mayo de 2014

Promueven que las denuncias de las víctimas de violencia de género no se resuman ni se archiven

La Defensoría del Pueblo bonaerense recomendó además instruir a las comisarías para que no resuman los hechos narrados por la víctima.

La Defensoría elaboró una serie de recomendaciones para mejorar la investigación de casos de violencia de género y en una de ellas considera que debe advertirse a las comisarías que remitan a las fiscalías en turno "de manera íntegra" las denuncias que reciban por violencia de género y "no resumidas a través de los ´partes policiales´".
“El Estado no puede condicionar su intervención a la ´voluntad´ de las víctimas dado que se encuentra en juego la protección de la integridad de la propia víctima y de la comunidad en general" 
En un documento al que accedió Télam sostienen que dicha remisión debe realizarse “en el término de 24 horas, sin perjuicio de la comunicación inmediata con el fiscal en turno".


Respecto de la medida que adoptan los fiscales de volver a citar a la damnificada a fin de que manifieste expresamente si pretende instar la acción, “observamos que la misma resulta innecesaria y revictimizante”.

“El Estado no puede condicionar su intervención a la ´voluntad´ de las víctimas dado que se encuentra en juego la protección de la integridad de la propia víctima y de la comunidad en general, su seguridad y el potencial ataque a derechos consagrados constitucionalmente”, remarca.

Recomiendan además no archivar ni desestimar las denuncias de este tipo de violencia de género porque eso "tiene efectos contraproducentes para el acceso a la Justicia de las víctimas y en el mensaje permisivo enviado a la sociedad”.

Las causas por desobediencia, es decir cuando un agresor viola una medida de protección, "deben tener un verdadero tratamiento penal, estableciendo todo tipo de medidas de prueba para acreditar el conocimiento del agresor de las medidas de protección que pesaban sobre las víctimas".

El texto sostiene que si bien son los juzgados de familia los más competentes para establecer una medida de protección “en el ámbito penal es posible la adopción de medidas que también redundan en mayor protección de las víctimas tales como: rondines; alertas policiales que no dependen en su tramitación más que de la decisión del Ministerio Público”.

Finalmente aconsejan al Ministerio Público “organizar un servicio de asesoramiento y patrocinio jurídico gratuito específico y especializado para víctimas de violencia de género en el ámbito de las relaciones interfamiliares, que tramiten causas en el ámbito penal”.Piden que las fiscalías no archiven causas por violencia de género
Lo expresó la Defensoría del Pueblo bonaerense en un documento. Además advierte a las comisarías que remitan a las fiscalías en turno "de manera íntegra" las denuncias que reciban por violencia de género y "no resumidas a través de los ´partes policiales´".

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  ImprimirEnviar por mailPor: Infojus Noticias
La Defensoría del Pueblo bonaerense recomendó instruir a las comisarías para que no resuman los hechos narrados por la víctima de violencia de género y sostuvo que las fiscalías no deben archivar las causas que se inicien por este tipo de situaciones.
La Defensoría elaboró una serie de recomendaciones para mejorar la investigación de casos de violencia de género y en una de ellas considera que debe advertirse a las comisarías que remitan a las fiscalías en turno "de manera íntegra" las denuncias que reciban por violencia de género y "no resumidas a través de los ´partes policiales´".
En un documento al que accedió Télam sostienen que dicha remisión debe realizarse "en el término de 24 horas, sin perjuicio de la comunicación inmediata con el fiscal en turno".
Respecto de la medida que adoptan los fiscales de volver a citar a la damnificada a fin de que manifieste expresamente si pretende instar la acción, "observamos que la misma resulta innecesaria y revictimizante".
"El Estado no puede condicionar su intervención a la ´voluntad´ de las víctimas dado que se encuentra en juego la protección de la integridad de la propia víctima y de la comunidad en general, su seguridad y el potencial ataque a derechos consagrados constitucionalmente", remarca.
Recomiendan además no archivar ni desestimar las denuncias de este tipo de violencia de género porque eso "tiene efectos contraproducentes para el acceso a la Justicia de las víctimas y en el mensaje permisivo enviado a la sociedad".
Las causas por desobediencia, es decir cuando un agresor viola una medida de protección, "deben tener un verdadero tratamiento penal, estableciendo todo tipo de medidas de prueba para acreditar el conocimiento del agresor de las medidas de protección que pesaban sobre las víctimas".
El texto sostiene que si bien son los juzgados de familia los más competentes para establecer una medida de protección "en el ámbito penal es posible la adopción de medidas que también redundan en mayor protección de las víctimas tales como: rondines; alertas policiales que no dependen en su tramitación más que de la decisión del Ministerio Público".
Finalmente aconsejan al Ministerio Público "organizar un servicio de asesoramiento y patrocinio jurídico gratuito específico y especializado para víctimas de violencia de género en el ámbito de las relaciones interfamiliares, que tramiten causas en el ámbito penal".
Más de 40 mil causas tramitadas por violencia familiar quedaron paralizadas y otras 13 mil fueron archivadas durante el año 2012. Así lo detalla el informe 2013 de Monitoreo de Políticas Públicas y Violencia de Género del Observatorio de Violencia de Género (OVG), que incluye un anexo con estadísticas de la Justicia bonaerense sobre las causas tramitadas en el fuero de familia, civil y comercial durante el 2012.
Según ese relevamiento, mientras se iniciaron 65.838 causas ese año, unas 43.853 quedaron paralizadas; 13.002 se archivaron y sólo 2.018 tuvieron sentencias. El informe del OVG destaca que "el acceso a la Justicia es un aspecto fundamental para la satisfacción y res­titución de los derechos de las mujeres que atraviesan situaciones de violencia de género (…) incluye la responsabilidad de los tres poderes del Estado en cuanto a las respuestas que le corresponde garantizar y los canales institucionales que debe formalizar"
Fuente: Infojus

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