La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual reiteró que todos los operadores de televisión por cable de Argentina deben realizar la totalidad de los cambios necesarios para adecuar sus grillas de canales.
En consecuencia, las operadoras deben incluir de forma obligatoria en sus programaciones -tanto en el sistema analógico como el digital- un conjunto de señales de aire, públicas, de generación local y de noticias, en función de la ubicación estipulada por Afsca.
En lo que respecta al Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), se establece el siguiente ordenamiento: canal 2 - canal de generación propia local; canal 3 - Todo Noticias (TN); canal 4 - América 24; Canal 5 - C5N; canal 6 - Crónica TV; Canal 7 - canal 26; canal 8 - CN23; canal 9 - América; canal 10 - Telefe; canal 11 - TV Pública; canal 12 - canal 13; canal 13 - canal 9; canal 14 - Encuentro; canal 15 - 360TV; canal 16 - Argentinísima Satelital.
Más adelante, deberán incorporarse las señales correspondientes al género deportes, infantiles y de noticias internacionales.
Además, cada bloque temático deberá estar encabezado por la señal producida por el Estado Nacional, en caso de que existiese alguna de ese género.
Por lo tanto, todos los sistemas de cables deben contar con las señales Pakapaka, Incaa TV y Telesur iniciando los respectivos segmentos infantiles, de cine e informativos internacionales.
Para el resto del país, las disposiciones del organismo determinan que las operadoras de cable deben cumplir con el siguiente orden de canales: canal 2 - canal de generación propia local; canal 3 - Todo Noticias (TN); canal 4 - América 24; canal 5 - C5N; canal 6 - crónica TV; canal 7 - canal 26; canal 8 - CN23; y desde el canal 9 las señales de televisión abierta o sus repetidoras legalmente autorizadas.
AFSCA recuerda que el conjunto de cableoperadoras del territorio argentino deben incluir los canales locales (provinciales, municipales, universitarios, y de noticias propio y privados), según la zonificación de cada operadora.
En ese marco, en la provincia de Buenos Aires, se deberá incorporar la señal bonaerense, QM Noticias.
En cuanto a las empresas que aún tienen que adecuarse a la Ley 26.522, se reitera que ningún licenciatario de la Argentina podrá tener más de 24 sistemas de cable, ni más de 10 licencias de aire, o más del 35% del mercado.
Tampoco se permitirá que un prestador brinde servicios de aire y de cable en la misma zona geográfica.
Asimismo, los operadores de cable deberán cumplir con la incorporación del total de las señales y el exacto ordenamiento de la grilla, según las resoluciones antes mencionadas, para que sea aprobada la finalización de su proceso de adecuación.
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