La AFIP fundamentó la interposición
de la medida recursiva sosteniendo que en la actualidad es
ilegal adquirir divisas para la compra de inmuebles, situación
expresamente prohibida por las Comunicaciones "A 5318 y 5330 del Banco
Central de la República Argentina –salvo la excepción contemplada en
dichas normas que no se encuadra en el presente supuesto–.
Bajo el argumento de la necesidad de
adquirir dólares para adquirir una vivienda por parte de los amparistas,
la AFIP sostiene que pudo verificar en la documentación obrante en la
causa judicial que "los contribuyentes omitieron aportar el boleto de
compra venta y/o la respectiva escritura notarial del inmueble, lo que
podría dar lugar a una situación ficticia para utilizar la vía del
amparo como un medio para el atesoramiento de divisas en forma
encubierta".
Además, asegura que detectó que "existe
una inconsistencia en la situación fiscal de los contribuyentes que les
imposibilita adquirir las divisas requeridas".
Agrega el organismo recaudador que "la
orden judicial es de cumplimiento imposible, porque la AFIP no tiene, y
no puede arrogarse la facultad para permitir la adquisición de dólares
para la compra de inmuebles, ni a su vez concretarla fácticamente por
cuanto se requiere la autorización expresa del BCRA".
Fuente: Infobae
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