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miércoles, 21 de marzo de 2012

La Cámara Federal de Córdoba revocó la cautelar que beneficiaba a Cadena 3

Lo resolvió la Cámara Federal de Córdoba hizo lugar a una apelación del Estado Nacional contra un fallo que lo obligaba a abstenerse de intimar o requerir a las actoras la aplicación total o parcial de algunos artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, entre ellos el polémico 161 que fija las pautas de desinversión. En los autos "Radio Difusora del Centro y Otras c/ Estado Nacional - Poder Ejecutivo -  Acción Declarativa de Inconstitucionalidad- Ordinario"

La Sala B de la Cámara Federal de Córdoba, integrada por los Dres. Luís Roberto Rueda, Abel Guillermo Sánchez Torres y José Pérez Villalobo, revocó la resolución de primera instancia que ordenaba - en el marco de una medida cautelar- al Estado Nacional abstenerse de aplicar la Ley de Medios, sobre la base de entender que el derecho constitucional a la libertad de prensa (art. 14 de la Carta Magna) no es un derecho absoluto sino susceptible de restricciones a su ejercicio que válidamente pueden establecerse para ordenarlos a las exigencias del bien común.


En la citada causa caratulada: "Radio Difusora del Centro y Otras c/ Estado Nacional - Poder Ejecutivo -  Acción Declarativa de Inconstitucionalidad- Ordinario" (Expte. N° 457/11),  la parte actora, Radiodifusora del Centro y Otras, pretende la inconstitucionalidad de la Ley de Medios N° 26.522 y reclama la medida precautoria consistente en la prohibición de innovar.
El señor Juez Federal del Juzgado Federal N° 2 de Córdoba dispuso, con fecha 4 de abril de 2011, hacer lugar a la medida cautelar solicitada, ordenando al Estado Nacional y a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) se abstengan de disponer cualquier intimación de cumplimiento y/o requerimientos a la parte actora, que signifiquen la aplicación total o parcial de los artículos. 41, 45, inc. 1 ap. b e inc. 2 ap b, 62, 63, 65 y 161 de la ley N° 26.552 y su reglamentación, Dec. 1225/10.-
En dicho contexto procesal, la accionante pide ampliación de la cautelar reclamada oportunamente  la que  al ser  denegada, es motivo de apelación.-
Por su parte, el Estado Nacional interpone recurso de apelación peticionando se deje sin efecto la cautelar ordenada.-
Mediante esta  sentencia de la Sala B de la Cámara Federal de Córdoba,  se revocó la medida cautelar dispuesta por el Juzgado de primera instancia, en cuanto ordenaba al Estado Nacional abstenerse de aplicarla
 Fuente: Enciclomedios

1 comentario:

  1. Muy buena la resolucion de la camara, esta es la archifamosa Cadena 3, que con un discurso autoritario, fuertemente sostenida por el gobierno provincial, sostiene un discurso abulico de la sociedad, que hace años ya pidio que mataran a todos los del motin, frases de celebres periodistas de esta emisora. Lo que mas indigna del pasado y presente de Cadena 3 es que no puso ni un peso para obtener la habilitacion del gobierno de tantas señales, que confunden a la gente del interior, un verdadero MONOPOLIO hecho con sangre y corruptela. Roberto desde Cordoba capital

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