Obras Sanitarias Mar del Plata Batán informa que en el marco de aplicación de la Ordenanza Nº 19525/10 del uso y cuidado razonable del agua para la temporada estival 2012 se está implementando un Plan de Acción para intensificar el control, tendiente a evitar el desperdicio en tareas de lavado de veredas y de vehículos, de riego, llenado de piletas de natación como también los vuelcos a la vía pública desde el interior de los domicilios.
En tal sentido, y teniendo en cuenta las elevadas tempraturas, se solicita a la población extremar el uso racional del servicio, evitando actividades que impliquen derroche. A través de una conciencia solidaria y teniendo presente la importancia de cuidar el recurso, podremos colaborar para que todos contemos con el vital elemento.
La Ordenanza 19525/10 complementa las Ordenanzas relacionadas con el lavado de vereda Nº 3788/75, 3978/75, y establece pautas para la correcta utilización del recurso, reglamentando el horario de lavado de veredas (de 24hs a 8 hs entre el 1/11 y 30/4 y de 24 a 9hs en el resto del año), debiendo utilizar dispositivos que contribuyan al ahorro de agua, tales como balde, hidrolavadora y manguera con gatillo de corte.
También, durante el período comprendido entre el 15 de diciembre y el 28 de febrero de cada año, prohíbe el riego de jardines y/o espacios verdes durante la franja horaria que se extiende desde las 10 hasta las 22.
El consumo en promedio durante el mes de Diciembre pasado ha crecido 10 % con respecto al año anterior, por lo cual recordamos la importancia de evitar que goteen las canillas, revisar el correcto funcionamiento de las instalaciones sanitarias internas y contar con el tanque de reserva domiciliario en cada hogar.
El Plan de Acción de control de los Inspectores de OSSE en todo el ejido urbano se desarrolla dividiendo la ciudad 5 zonas de 9 sectores cada una, resultando en 45 zonas, inspeccionadas en forma programada y alternada por distintos grupos de trabajo integrados por el Cuerpo Único de Inspectores y de las Gerencias de Producción y Recursos Hídricos de OSSE.
La mencionada Ordenanza faculta a OSSE para restringir el servicio sanitario en el inmueble donde se constate una inadecuada utilización del recurso, como también a la remisión Tribunal de Faltas Municipal para la aplicación de multas, y a la aplicación de un cargo por sobreconsumo, que se determinará a partir de la superficie y uso o destino del inmueble, incrementando un 30% en la facturación del servicio, en cada nueva reiteración.
Para agilizar la tarea, se ha confeccionado un nuevo modelo de actas, como también cédulas instructivas que sigan generando conciencia en la población de la importancia del cuidado del vital recurso
Se destaca que el espíritu de la implementación de la Ordenanza 19525/10 está estrictamente relacionado con la necesidad de cuidar el recurso, generando conciencia en los ciudadanos y comprometiendo a la comunidad toda a la tarea prioritaria de OSSE: el saneamiento de la población.
Por consultas o denuncias comunicarse con el Centro de Atención al Cliente de OSSE las 24 horas al : 0810-666-2424
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