Por medio de la resolución 14/2011, publicada hoy en el Boletín Oficial, se determinó que la Agencia Télam , la AFIP, la Anses y el Grupo Aerolíneas, incorporen en sus regímenes de contratación de publicidad la prohibición de oferta sexual y cualquier tipo de discriminación de género.
La resolución establece que por su incumplimiento "la pena de no recibir orden de publicidad de comunicación institucional o publicidad comercial, de corresponder, por tiempo determinado y la publicación en el medio, de la sanción dispuesta por la entidad o empresa estatal".
El Decreto Nº 936/11 estableció con carácter de orden público y de aplicación en todo el territorio argentino, "la prohibición de los avisos que promuevan la oferta sexual o hagan explícita o implícita referencia a la solicitud de personas destinadas al comercio sexual, por cualquier medio, con la finalidad de prevenir el delito de trata de personas con fines de explotación sexual y la paulatina eliminación de las formas de discriminación de las mujeres".
En tanto, el artículo 71 de la Ley Nº 26.522 establece que "quienes produzcan, distribuyan, emitan o de cualquier forma obtengan beneficios por la transmisión de programas y/o publicidad, deberán velar por el cumplimiento de lo dispuesto".
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