La Jefatura Departamental de Policía de Mar del Plata informó que en las dependencias policiales se expedirán certificados de distancia y certificados por enfermedad a las personas que no puedan votar por esas causas.
Un comunicado difundido ayer por la Jefatura Departamental de Policía ofrece precisiones sobre los certificados que deberán tramitar las personas que no puedan votar por enfermedad o distancia.
La comunicación expresa textualmente: "De conformidad a lo dispuesto por el Código Nacional Electoral en su Artículo 12 Inc. ?c? y ?d?, surge la obligación policial de extender certificaciones a aquellas personas que por razones de distancia o enfermedad, no pudieron concurrir a los lugares designados para emitir su sufragio".
"Por tal motivo las dependencias policiales expedirán -según corresponda- certificados, los que serán entregados de manera gratuita al momento de presentación del recurrente, en el caso de exención por distancia o al momento del examen del imposibilitado -en el caso de enfermos o discapacitados-"
En cuanto a los certificados de distancia, el comunicado indica que "se extenderá a los ciudadanos que de conformidad con lo previsto en el referido texto legal se presenten en las dependencias policiales para justificar su exención de deber de votar por encontrarse a más de quinientos (500) km. de distancia de la mesa electoral asignada, se les entregará certificado policial con el sello de la dependencia interviniente y será firmado por un oficial designado a tal efecto, donde constará: nombre y apellido completo del recurrente, circunstancias personales (si es nativo o naturalizado), fecha de nacimiento, estado civil, profesión, domicilio, documento de identidad y lugar donde debía emitir su voto y motivo por el cual se encuentra distanciado".
Fuente: Diario La Capital
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